La violencia económica: una barrera invisible pero devastador


La violencia económica en Ecuador: una deuda pendiente en la legislación

Introducción

Las Naciones Unidas (NU) describen la violencia económica como "el intento de crear dependencia financiera mediante el control absoluto de los recursos de otra persona, restringiéndole su acceso y prohibiéndole trabajar o estudiar. Incluye acciones deliberadas que afectan recursos como ingresos, bienes, documentos o elementos básicos para el sustento del hogar, como alimentación, vivienda y ropa". A pesar de ser una de las formas menos visibilizadas de violencia de género, es una de las más contundentes para perpetuar la dependencia y el abuso dentro de una relación.

En este contexto, el Proyecto europeo ECOVIO (2020-2021) define el abuso económico de género como el control sobre el acceso de la mujer a los recursos financieros, limitando su capacidad de mantenerse a sí misma y a sus hijos e hijas. Esta situación genera una dependencia financiera hacia el agresor y reduce las posibilidades de la víctima de escapar del ciclo de abuso. Además, este tipo de violencia afecta directamente a los niños y niñas, perpetuando una situación de inestabilidad y precariedad con graves repercusiones psicológicas y sociales.

La situación en Ecuador

El 10 de octubre de 2024, el noticiero Televistazo informó que "el número de deudores de pensiones alimenticias en Ecuador continúa en aumento. Entre enero y septiembre de 2024, el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) registró 887 221 personas con deudas, superando ya las cifras totales de 2023, cuando se contabilizaron 868 941 deudores". Esta cifra alarmante evidencia un problema estructural en el sistema de justicia ecuatoriano que afecta de manera directa a madres e hijos.

En las audiencias judiciales, los jueces suelen basarse exclusivamente en un certificado presentado por el progenitor, en el que se indica si está cotizando o no. Sin embargo, este documento no refleja la realidad, ya que muchos deudores trabajan en la informalidad. Además, las boletas de apremio caducan cada treinta días, lo que dificulta su ejecución. Si el obligado se esconde o no registra un domicilio, su localización y posterior detención se vuelven prácticamente imposibles.

Otra medida ineficaz es la retención por atraso en el pago de pensiones durante las votaciones. Aunque se ha planteado como un mecanismo de presión, los deudores pueden obtener el certificado electoral simplemente pagando una multa mínima.

Por otro lado, en las audiencias, ningún juez indaga si la madre tiene empleo, si puede asumir los gastos de sus hijos o si cuentan con servicios básicos. Esta indiferencia refleja una profunda violencia institucional, donde la insensibilidad de jueces y juezas dificulta aún más el acceso de los niños y niñas a una vida digna. Como consecuencia, las familias enfrentan graves secuelas psicológicas que afectan su bienestar y estabilidad.

Legislación comparada: Ecuador vs. España

En Ecuador, el artículo 157 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece penas por el delito de violencia psicológica en contra de la mujer o miembros de la unidad familiar, que van desde treinta días hasta un año, según el grado de afectación. No obstante, la legislación ecuatoriana no vincula la violencia económica con la psicológica y no analiza los casos en los que mujeres han sido víctimas de femicidio tras haber presentado o ganado juicios de pensiones alimenticias.

En contraste, en España, el artículo 227 del Código Penal establece sanciones claras y contundentes contra los deudores de pensiones alimenticias:

  1. Quien deje de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.

  2. Con la misma pena será castigado quien deje de pagar cualquier otra prestación económica establecida de forma conjunta o única en los supuestos previstos en el apartado anterior.

  3. La reparación del daño procedente del delito conllevará siempre el pago de las cuantías adeudadas.

Este marco legal es un referente que Ecuador podría adoptar para fortalecer la protección de los derechos de los menores y sus madres.

Las secuelas de la violencia económica

Cuando una mujer decide terminar una relación con su agresor, a menudo se enfrenta a un desafío económico considerable. La pobreza derivada de esta decisión genera un estrés generalizado por el cambio de vida. Aunque ha logrado salir del entorno donde sufría diversos tipos de violencia, ahora se encuentra sola en una sociedad que, en muchos casos, sigue estigmatizando a la mujer divorciada. Se la culpa por no haber "luchado" por su matrimonio, mientras se le impone la presión de ser una "buena madre", encargada de llevar a los niños al colegio, cuidar de la casa, solventar los gastos y proveer todo lo necesario para el bienestar de su familia.

Uno de los escenarios más evidentes de esta violencia es el juicio por pensiones alimenticias. Muchas mujeres enfrentan largos procesos legales para exigir el cumplimiento de derechos básicos para sus hijos e hijas, mientras que los agresores utilizan el aspecto económico como un arma de chantaje y control. El incumplimiento de las obligaciones financieras no solo afecta la calidad de vida de los menores, sino que también debilita psicológicamente a la madre, quien debe lidiar con la incertidumbre y la carga total del sustento familiar.

Conclusión

La violencia económica es una barrera que impide a muchas mujeres romper definitivamente con sus agresores y reconstruir sus vidas con autonomía y dignidad. Es fundamental que las instituciones y la sociedad en su conjunto reconozcan esta problemática y fortalezcan los mecanismos de protección para garantizar que las víctimas puedan acceder a los recursos necesarios sin depender de quienes las violentan. La lucha contra la violencia económica no solo beneficia a las mujeres, sino que también asegura un mejor futuro para las nuevas generaciones.

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